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Briefing tributario y financiero, Colombia.

domingo, 4 de octubre de 2026 · Bogotá

Titulares

01

Declaración de renta personas naturales: vencimientos del 5 al 9 de octubre según dígito de cédula

La DIAN distribuye los plazos para declarar renta de personas naturales en la semana del 5 al 9 de octubre de 2026. Los contribuyentes deben verificar su fecha límite según el último dígito de la cédula.

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Los vencimientos aplican para personas naturales obligadas a presentar declaración de renta del año gravable 2025. La distribución por dígito de cédula busca evitar congestión en la plataforma de la DIAN. El incumplimiento genera sanción por extemporaneidad del 5% del impuesto a cargo por mes o fracción de mes, según el artículo 641 del Estatuto Tributario. Los contribuyentes con saldo a favor deben igualmente presentar en su fecha asignada para acceder a la devolución. Se recomienda verificar el calendario oficial en el portal de la DIAN.
02

DIAN: consorcios y uniones temporales no son residentes cambiarios y no pueden operar en el mercado de divisas

La DIAN precisó mediante el Concepto 14400 de 2025 que los consorcios y uniones temporales no cumplen los requisitos para ser considerados residentes bajo el régimen cambiario colombiano. En consecuencia, estas figuras asociativas no pueden realizar operaciones de cambio ni registrar inversiones en divisas.

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El pronunciamiento adicionó el Descriptor 1.1.3 de la Compilación Jurídica de la DIAN, en la sección de generalidades sobre operaciones del mercado cambiario. La restricción se fundamenta en que los consorcios y uniones temporales no reúnen las condiciones del artículo 2.17.1.2 del Decreto 1068 de 2015 para ser tratados como residentes. El concepto fue emitido conforme al artículo 56 del Decreto 1742 de 2020 y los artículos 7 y 7-1 de la Resolución DIAN 000091 de 2021. Esta posición tiene impacto directo en contratos de obra pública y proyectos de infraestructura donde se usa esta figura. Los asesores deben revisar si los flujos en divisas de estas estructuras están siendo canalizados incorrectamente.
03

DIAN: importadores deben canalizar divisas a través del mercado cambiario o enfrentan sanción del Decreto Ley 2245 de 2011

El Concepto DIAN 7808 de 2026 precisa las reglas de canalización cambiaria en importaciones de bienes y el régimen sancionatorio aplicable. El incumplimiento configura infracción cambiaria, con independencia de que existan causas que justifiquen diferencias.

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El oficio se apoya en los puntos 3.1 y 3.2 del Capítulo 3 de la Circular Reglamentaria Externa DCIP 83 de 2023 del Banco de la República. El cierre del canal cambiario se rige por el artículo 43 de la Resolución Externa 1 de 2018 de la Junta Directiva del BanRep. El residente importador debe pagar en divisas al residente adquirente del instrumento de pago a través del mercado cambiario regulado. El incumplimiento activa el régimen sancionatorio del Decreto Ley 2245 de 2011, que puede incluir multas de hasta el 200% del monto no canalizado. Las causas justificadas deben estar debidamente fundamentadas y documentadas para evitar la sanción.

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Cra 13 No 90-17, Bogotá ↗

04

Consejo de Estado unifica jurisprudencia: plazo para corregir declaraciones de IVA corre desde el vencimiento legal, no desde la presentación

La Sección Cuarta del Consejo de Estado estableció que el término de un año para corregir declaraciones de IVA que disminuyen el valor a pagar o aumentan saldos a favor se cuenta desde el vencimiento del plazo para declarar, no desde la fecha de presentación efectiva. La decisión es vinculante para todos los contribuyentes con declaraciones extemporáneas.

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La sentencia unificó jurisprudencia en la radicación 11001-03-27-000-2018-00029-00. El caso surgió cuando la DIAN negó una corrección de declaraciones del año gravable 2008 argumentando vencimiento del término del artículo 589 del Estatuto Tributario. La Sala determinó que contar el plazo desde la presentación efectiva —y no desde el vencimiento legal— perjudica a contribuyentes que declararon extemporáneamente. La decisión permite a contribuyentes extemporáneos ampliar su ventana para corregir errores que generan saldo a favor. Los asesores deben revisar casos en curso donde la DIAN haya negado correcciones bajo el criterio contrario.
05

Consejo de Estado estudia nulidad de concepto DIAN sobre ineficacia de declaraciones de IVA presentadas en periodicidad incorrecta

La Sección del Consejo de Estado evaluó si el Concepto DIAN 901294 de 2021 —que declara ineficaces las declaraciones de IVA presentadas en periodicidad distinta a la legal— tiene fundamento normativo. El demandante argumentó que el artículo 580 del Estatuto Tributario no contempla esa causal de ineficacia.

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La acción de nulidad corresponde a la radicación 11001-03-24-000-2009-00630-00. El Oficio 100208221-0222 del 19 de febrero de 2021 fue el acto demandado. El demandante sostuvo que la DIAN debió inaplicar el parágrafo 2 del artículo 1.6.1.1.6.3 del Decreto 1625 de 2014 por inconstitucionalidad. La Sala analizó si hubo desviación de poder e infracción de las normas en que debía fundarse el concepto. El resultado del caso define si los contribuyentes que declararon IVA en periodicidad errónea tienen obligación de presentar de nuevo o si subsiste la declaración original.
06

Gobierno radica traslado de $1,2 billones para pago directo a generadores en el Caribe; recursos no pasan por Air-e

MinHacienda radicó el traslado de $1,2 billones destinados a blindar el suministro energético en la Costa Caribe. Los recursos se pagarán directamente a los generadores de energía, sin ingresar a la caja de Air-e.

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La medida busca garantizar la continuidad del flujo de energía en la región Caribe ante la crisis de liquidez de Air-e. El mecanismo de pago directo a generadores busca evitar que los recursos se diluyan en las obligaciones operativas o financieras de la comercializadora. La operación complementa la acción de CAF y el respaldo fiscal ya anunciado en semanas anteriores. El traslado presupuestal deberá surtir el proceso de aprobación ante el Congreso. Su aprobación es clave para evitar racionamientos en el Caribe antes de fin de 2026.
07

Déficit del FEPC amenaza con dispararse en 2026 por subsidio al diésel congelado

El Fondo de Estabilización de Precios de los Combustibles (FEPC) enfrenta un creciente déficit en 2026, impulsado principalmente por el diésel, cuyo precio no ha sido ajustado pese al compromiso fiscal del Gobierno. La brecha entre el precio interno y el de paridad internacional sigue ensanchándose.

El Tiempo
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Análisis de Ricardo Ávila en El Tiempo señala que el costo fiscal del FEPC es incompatible con el ajuste que el Gobierno negocia con el FMI y que planea incluir en la Ley de Rescate Económico. La reversión de la última alza de $46/galón en gasolina (ya cubierta en reportes previos) agrava la presión sobre el Fondo. El diésel concentra la mayor parte del subsidio implícito, dado su uso intensivo en transporte de carga y agroindustria. Sin ajuste de precios, el déficit acumulado del FEPC podría superar los niveles de 2022-2023, cuando se acercó a $30 billones. Los asesores de empresas con flota de transporte deben monitorear el riesgo de un ajuste abrupto de precios en el corto plazo.
08

Pago ASAP conecta el sistema Bre-B con Pago Móvil de Venezuela para operaciones binacionales

La fintech venezolana Pago ASAP integró el sistema de pagos inmediatos colombiano Bre-B con Pago Móvil en Venezuela, habilitando transferencias binacionales en tiempo real. En el primer semestre de 2026 movilizó US$158 millones en operaciones transfronterizas.

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La integración permite a usuarios colombianos y venezolanos realizar transacciones entre ambos sistemas sin necesidad de corresponsales bancarios intermediarios. El volumen de US$158 millones en el primer semestre refleja la alta demanda de remesas y pagos comerciales entre los dos países. La operación tiene implicaciones cambiarias para los agentes colombianos que la usen: deben verificar la obligación de canalización conforme a la Resolución Externa 1 de 2018 del BanRep. La SuperFinanciera no ha emitido pronunciamiento específico sobre el estatus regulatorio de estas transacciones en Colombia. Los intermediarios financieros colombianos que faciliten estas operaciones deben revisar su marco de cumplimiento cambiario y antilavado.
09

Jeeves capta US$110 millones y procesa US$1.500 millones anualizados en stablecoins para empresas en Colombia

La fintech Jeeves cerró una ronda de US$110 millones y reporta un volumen anualizado de US$1.500 millones en pagos internacionales con stablecoins, incluyendo operaciones de empresas colombianas. La plataforma lanzó billetera propia de stablecoins para acelerar pagos corporativos transfronterizos.

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Jeeves opera en Colombia como solución de pagos internacionales para empresas, compitiendo con el mercado cambiario tradicional. El uso de stablecoins para pagos corporativos plantea la pregunta de si estas operaciones deben canalizarse a través del mercado cambiario regulado, conforme a la Circular Reglamentaria DCIP 83 de 2023 del BanRep. La DIAN ya estableció en el Concepto 3546 de 2026 que los PSAV (Proveedores de Servicios de Activos Virtuales) deben reportar información; el uso de stablecoins en pagos de importación podría requerir reporte adicional. El volumen declarado de US$1.500 millones anualizados lo posiciona como un actor de tamaño sistémico en el segmento de pagos corporativos. Los asesores de empresas con proveedores internacionales deben revisar el cumplimiento cambiario de las operaciones con stablecoins.
10

IPC anual en Colombia llega a 6,24% en agosto de 2026, alejándose de la meta del 3% del BanRep

La inflación anual al consumidor en Colombia se situó en 6,24% en agosto de 2026, acelerándose 40 puntos básicos frente al 5,84% de mayo. El dato refuerza la postura restrictiva del Banco de la República, que subió tasa a 12,25% en septiembre.

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El IPC cerró 2025 en 5,10% y ha mostrado una tendencia alcista en lo corrido de 2026, impulsada por el fenómeno de El Niño y presiones de costos en alimentos y energía. La meta de inflación del BanRep es 3% anual, lo que implica una brecha de más de 3 puntos porcentuales al cierre de agosto. Goldman Sachs proyecta mayor inflación en Colombia por el calor extendido hasta junio de 2027. El BanRep proyecta convergencia hacia la meta en 2027, condicionada a la postura fiscal del Gobierno y el ajuste de precios de combustibles. La inflación elevada afecta los cálculos de la UVT, la base de retención en la fuente y los reajustes de contratos indexados al IPC.

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