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Briefing tributario y financiero, Colombia.

lunes, 29 de junio de 2026 · Bogotá

Titulares

01

Gobierno radica Ley de Financiamiento con meta de recaudo de $26,3 billones y ~40 medidas tributarias

El Gobierno Nacional presentó ante la Cámara de Representantes un proyecto de Ley de Financiamiento que busca recaudar $26,3 billones para cubrir el presupuesto de 2026. La iniciativa incluye ampliaciones de base gravable del IVA y ajustes en renta, entre cerca de 40 medidas.

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El proyecto fue radicado ante la Cámara de Representantes en el marco de la transición de gobierno. La meta de $26,3 billones representa el mayor objetivo de recaudo asociado a una ley de financiamiento en la historia reciente del país. Entre las medidas se incluyen ampliaciones de la base gravable del IVA y modificaciones al impuesto de renta. La iniciativa deberá ser debatida y posiblemente defendida por el gobierno De la Espriella, que toma posesión el 7 de agosto de 2026. Los asesores tributarios deben monitorear el texto radicado para identificar cambios en retenciones, tarifas y regímenes especiales.
02

Gasto tributario supera $153 billones anuales: equivale a cinco reformas tributarias de $30 billones

Colombia renuncia cada año a más de $153 billones en ingresos fiscales por exenciones, exclusiones y tratamientos especiales, principalmente en IVA y renta. La cifra equivale a cinco veces el recaudo proyectado por una reforma tributaria promedio.

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Según análisis publicado por El Tiempo, la mayor parte del gasto tributario corresponde a bienes y servicios excluidos o exentos de IVA que benefician a personas naturales. En renta, las rentas exentas y descuentos tributarios representan otra porción significativa. El recaudo efectivo como porcentaje del PIB ha retrocedido del 16,7% al 14,4% según Valora Analitik, mientras los intereses de la deuda consumen uno de cada tres pesos del presupuesto. Expertos consultados por El Tiempo recomiendan revisar exclusiones de IVA de bienes no esenciales y limitar deducciones en renta de personas naturales de altos ingresos como parte de la próxima reforma tributaria. La discusión es central para el gobierno De la Espriella, que debe recaudar más de $30 billones adicionales en 2027.
03

Corte Constitucional define procedimiento para devolución de IVA e impuesto de timbre a operadores de juegos de azar

Mediante Auto A096 de 2026, la Corte Constitucional aclaró la metodología de cálculo y los sujetos beneficiarios de devoluciones de IVA e impuesto de timbre en operaciones de juegos de azar, atendiendo dudas planteadas por la DIAN.

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La DIAN solicitó aclaración sobre dos aspectos: la metodología de prorrata para declaraciones mensuales de IVA y retención de timbre, y la identificación de los beneficiarios reales de la devolución dado el carácter indirecto de ambos tributos. La Corte precisó que, en el IVA, el obligado económico es el usuario apostador y no el operador, lo que dificulta la devolución directa a este último. El auto remite a las reglas de devoluciones del Estatuto Tributario en lo compatible. Esta decisión tiene impacto directo para operadores de juegos de suerte y azar que presentaron liquidaciones oficiales y solicitudes de devolución ante la DIAN. Los asesores deben revisar si sus clientes en este sector tienen procesos activos que se ajusten al procedimiento definido.

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04

Decreto 0240 de 2026 habilita conciliación del 85% de sanciones e intereses en litigios tributarios activos

El Decreto 0240 del 12 de marzo de 2026 permite a contribuyentes con demandas de nulidad y restablecimiento del derecho en curso conciliar el 85% del valor de sanciones e intereses discutidos ante la DIAN. La medida se expidió al amparo del estado de emergencia económica.

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El decreto fue expedido en el marco del estado de emergencia declarado mediante Decreto 150 del 11 de febrero de 2026 y aplica a contribuyentes, agentes de retención, responsables de impuestos nacionales, usuarios aduaneros y del régimen cambiario. La conciliación opera únicamente sobre procesos activos en la jurisdicción contencioso-administrativa a la fecha de expedición del decreto. El beneficio cubre el 85% de sanciones e intereses en disputa contra liquidaciones oficiales, mediante solicitud formal ante la DIAN. Esta medida fue previamente declarada exequible de manera condicionada por la Corte Constitucional en su sentencia sobre la emergencia económica de febrero. Los asesores deben verificar si sus clientes con litigios tributarios activos pueden acogerse antes del vencimiento del plazo habilitado.
05

Horas extra y recargos: cambios en su liquidación desde julio de 2026 por la jornada de 42 horas

La entrada en vigor de la jornada laboral de 42 horas semanales desde julio de 2026 modifica la base de cálculo de horas extra y recargos nocturnos, dominicales y festivos. Empleadores deben ajustar nóminas y sistemas de liquidación.

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Con la reducción de la jornada ordinaria de 47 a 42 horas semanales, toda hora trabajada por encima de ese umbral genera pago de hora extra con los recargos legales previstos en el Código Sustantivo del Trabajo. El cambio implica que en empresas con turnos de ocho horas diarias de lunes a viernes, la hora número 43 en adelante ya constituye trabajo suplementario. Los empleadores que no hayan ajustado sus contratos y turnos enfrentan sanciones por parte del MinTrabajo. La UGPP puede adelantar fiscalizaciones sobre la correcta liquidación de las bases de cotización a seguridad social derivadas del pago de horas extra. Los asesores laborales y tributarios deben verificar el impacto en la retención en la fuente sobre ingresos laborales adicionales.
06

Consejo Gremial traza hoja de ruta económica para el gobierno De la Espriella: ajuste fiscal, energía e inversión

El Consejo Gremial Nacional presentó al gobierno entrante una agenda que prioriza la recuperación de la confianza inversionista, el saneamiento fiscal y la solución a la crisis energética. Natalia Gutiérrez advirtió que el ajuste es inaplazable.

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La presidente del Consejo Gremial Nacional señaló que el nuevo gobierno De la Espriella deberá abordar simultáneamente el déficit fiscal, que en 2026 alcanzará el 7,4% del PIB según el CARF, y la crisis de confianza empresarial acumulada durante el cuatrienio Petro. Entre las prioridades gremiales figura la reforma tributaria que permita recaudar más de $30 billones sin aumentar la carga sobre el sector formal. También se exige solución estructural al déficit de energía en firme, que según XM se extendería hasta 2029. La agenda incluye mayor seguridad jurídica para inversión extranjera directa y reactivación de proyectos de infraestructura vial y APP.
07

RappiPay obtiene autorización de la SuperFinanciera para operar como entidad financiera independiente

La Superintendencia Financiera de Colombia autorizó a RappiPay para funcionar como entidad financiera autónoma, separada de la infraestructura de Daviplata. Sus productos de depósito quedan bajo vigilancia del regulador y protección de Fogafin.

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RappiPay inició operaciones en abril de 2019 como billetera digital apoyada en la plataforma de Daviplata. Tras superar los 800.000 clientes en Colombia, obtuvo la habilitación de la SuperFinanciera para operar sobre su propia infraestructura tecnológica. Todos los productos de depósito y ahorro ofrecidos por RappiPay quedan cubiertos por el seguro de depósitos de Fogafin y sujetos a supervisión permanente. La autorización fue obtenida en tiempo récord, según la compañía. Este hito implica que RappiPay deberá cumplir con los requerimientos de capital, gobierno corporativo y reporte de información exigidos por la SuperFinanciera a las entidades vigiladas.

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