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Briefing tributario y financiero, Colombia.

sábado, 20 de junio de 2026 · Bogotá

Titulares

01

Secretaría de Hacienda de Bogotá anticipa nueva reforma tributaria distrital

La secretaria Ana María Cadena confirmó que el Distrito evalúa una nueva reforma tributaria tras el fracaso de 2024. El ajuste podría afectar predial, vehículos e ICA para cubrir el déficit estructural del transporte público.

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Ana María Cadena, secretaria de Hacienda de Bogotá, señaló que el Distrito estudia presentar una nueva reforma tributaria distrital luego del intento fallido del año anterior. Los impuestos bajo análisis incluyen predial, ICA y vehículos. El déficit estructural del sistema de transporte público es uno de los motivos de presión. Para asesores, esto implica monitorear posibles cambios en las tarifas de ICA distrital, que ya generaron confusión con el régimen SIMPLE nacional en 2025. No hay proyecto radicado aún ante el Concejo.
02

Director de la DIAN: próximo gobierno deberá impulsar reforma tributaria redistributiva

El director de la DIAN advirtió que el gobierno entrante necesitará una nueva reforma tributaria, dado que el actual ya ejecutó recortes por cerca de $30 billones. La nueva ley de financiamiento en curso contempla IVA a licores, juegos de azar en línea y vehículos híbridos.

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En declaraciones recientes, el director de la DIAN señaló que el gobierno Petro realizó ajustes presupuestales de aproximadamente $30 billones y que el próximo ejecutivo deberá avanzar en una reforma redistributiva. El proyecto de ley de financiamiento actualmente en trámite incluiría IVA a licores, gravamen a juegos de azar en línea e IVA a vehículos híbridos. Esta posición refuerza el contexto de déficit fiscal del 5,3% del PIB proyectado para 2026 y la necesidad de ingresos adicionales. Los asesores deben considerar que estas medidas podrían materializarse bajo cualquier gobierno que resulte electo el 21 de junio.
03

Deuda bruta del GNC sube a 60,6% del PIB en mayo: $1.169 billones

La deuda bruta del Gobierno Nacional Central llegó a 60,6% del PIB a mayo de 2026, equivalente a $1.169 billones, con un crecimiento anual del 8,3% jalado por la deuda interna.

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A mayo de 2026, la deuda bruta total del GNC se situó en $1.169 billones, equivalentes al 60,6% del PIB, según datos de La República. En abril era 62,9% del PIB según el indicador ya cubierto; la cifra de mayo representa una ligera reducción relativa posiblemente por variación del tipo de cambio y revalución del peso. El crecimiento anual del 8,3% está liderado por el endeudamiento interno. Este nivel de deuda supera ampliamente el techo del 55% del PIB recomendado en la regla fiscal, presionando las proyecciones del Marco Fiscal de Mediano Plazo.

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Cra 13 No 90-17, Bogotá ↗

04

Analistas recortan proyecciones de crecimiento tras ISE de abril más débil de lo esperado

El ISE de abril (3,33%) quedó por debajo del rango estimado de 3,6%–4,4%, llevando a varias entidades financieras a moderar sus perspectivas de crecimiento para 2026.

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Tras la publicación del ISE de abril con un crecimiento de 3,33% anual —inferior a la estimación de analistas de entre 3,6% y 4,4%—, firmas como Bancolombia, Corficolombiana y otras han ajustado a la baja sus proyecciones de PIB para 2026. El sector público, salud y educación lideraron el crecimiento, mientras minería y agricultura siguen en terreno negativo. La moderación del optimismo implica menor recaudo tributario espontáneo y mayor presión sobre el déficit fiscal. Para asesores, el entorno sugiere menor actividad empresarial y potencial deterioro en la cartera de clientes.
05

Ajuste fiscal del Gobierno insuficiente: analistas estiman brecha de $100 billones en 2026

Múltiples analistas coinciden en que el ajuste fiscal contemplado en el Marco Fiscal de Mediano Plazo 2026 es insuficiente para cumplir la regla fiscal, con una brecha estimada de hasta $100 billones.

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Según análisis publicados esta semana, el Gobierno Nacional requeriría recortar o financiar cerca de $100 billones adicionales en 2026 para cumplir con la Regla Fiscal y estabilizar la trayectoria de la deuda. El MFMP 2026 ya fue calificado de 'frágil y optimista' por Corficolombiana, y Fedesarrollo advirtió que el ajuste proyectado queda corto. Las vigencias futuras comprometidas por el gobierno saliente agravan el margen fiscal del próximo ejecutivo. Para asesores tributarios, el contexto anticipa presiones recaudatorias adicionales independientemente del resultado electoral del 21 de junio.
06

DIAN implementa devolución automática de saldos a favor en renta e IVA

La DIAN habilitó el mecanismo de devolución automática de saldos a favor, simplificando el proceso para contribuyentes que cumplan los requisitos. El trámite aplica para declaraciones de renta e IVA.

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La DIAN activó la devolución automática de saldos a favor como parte de su estrategia de facilitación del cumplimiento tributario. Los contribuyentes que cumplan los perfiles de riesgo definidos por la entidad pueden solicitar la devolución sin los trámites habituales de documentación presencial. El mecanismo aplica para saldos en declaraciones de renta y de IVA. Los plazos y condiciones específicas están disponibles en el portal de la DIAN. Para asesores, es clave verificar que los clientes cumplan los requisitos de perfil de riesgo bajo para acceder al beneficio.
07

TRM cierra el 19 de junio en $3.462 COP/USD con presión compradora preelectoral

El peso colombiano cedió terreno el 19 de junio, con la TRM cerrando en $3.462 en operación Next Day, ante coberturas cambiarias de última hora antes de la segunda vuelta presidencial del 21 de junio.

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El cierre del 19 de junio en modalidad Next Day registró la TRM en $3.462 COP/USD, un alza de aproximadamente $21 frente al cierre previo de $3.441. El movimiento estuvo impulsado por compras nerviosas y coberturas cambiarias de empresas e importadores ante la incertidumbre electoral del 21 de junio. El mercado opera en festivo en EE.UU. (Juneteenth), lo que redujo la liquidez internacional. Analistas apuntan a que el resultado electoral definirá la dirección del peso en la semana del 22 de junio, con el mercado ya habiendo descontado parcialmente distintos escenarios.
08

Empresas no pueden reducir salarios al implementar la nueva jornada laboral desde julio

Con la reducción de la jornada laboral ordinaria a 46 horas semanales desde el 15 de julio de 2026, las empresas tienen prohibido disminuir los salarios de los trabajadores como consecuencia del ajuste.

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La normativa que reduce la jornada laboral ordinaria en Colombia establece expresamente que los empleadores no podrán recortar el salario de los trabajadores al implementar el nuevo horario. El cambio implica que las mismas horas trabajadas actualmente se redistribuirán en la semana sin afectar la remuneración. Para asesores laborales y tributarios, el impacto se traduce en mayor costo por hora efectiva de trabajo y en ajustes a los cálculos de prestaciones sociales, horas extra y recargos nocturnos. Las empresas con jornadas extendidas deberán revisar sus estructuras de nómina antes del 15 de julio.
09

Registro Universal de Ingresos reemplaza al Sisbén desde el 1.° de julio: impacto en subsidios

El nuevo Registro Universal de Ingresos (RUI) sustituirá al Sisbén a partir del 1.° de julio de 2026 con un período de transición. Las entidades de cada programa definirán los criterios de permanencia o salida de beneficiarios.

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El Gobierno Nacional implementará el RUI como herramienta de focalización de subsidios desde el 1.° de julio, desplazando al Sisbén. Durante la transición, cada entidad administradora de programas sociales determinará los criterios de continuidad para sus beneficiarios. El cambio afecta a millones de receptores de subsidios de vivienda, educación, salud y programas de transferencias condicionadas. Para asesores y empresas, es relevante en el contexto de programas de beneficios laborales ligados a estratos o niveles Sisbén. La migración podría generar temporalmente inconsistencias en la identificación de beneficiarios elegibles.
10

Corte Suprema aclara cuándo no es obligatorio pagar el auxilio de transporte

La Corte Suprema de Justicia ratificó los supuestos en los que los empleadores están exonerados del pago del auxilio de transporte, aclarando los criterios vigentes para su liquidación.

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La Corte Suprema de Justicia reiteró que el auxilio de transporte no es obligatorio cuando el trabajador no necesita desplazarse al lugar de trabajo, como ocurre en el teletrabajo o trabajo en casa. Tampoco aplica cuando el empleador suministra el transporte directamente. La aclaración es relevante dado el auge del trabajo remoto y los debates sobre su inclusión en la base para liquidar prestaciones sociales. Para asesores de nómina, la distinción impacta el cálculo de cesantías e intereses, dado que el auxilio de transporte se incluye en la base de liquidación de prestaciones sociales cuando es procedente.

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