En el marco de la emergencia económica, el Gobierno anunció medidas tributarias que incluyen la no deducibilidad de regalías y analiza obligar a fondos de pensiones a canalizar más de $200 billones hacia proyectos de infraestructura. Las medidas tendrían impacto directo en la base gravable del impuesto de renta de empresas extractivas.
El decreto de emergencia económica incorpora la no deducibilidad de regalías como gasto en el impuesto sobre la renta, lo que elevaría la carga tributaria efectiva del sector minero-energético. Adicionalmente, el Ministerio de Hacienda estudia un decreto para que los fondos de pensiones privados destinen recursos —estimados en más de $200 billones bajo administración— a proyectos de infraestructura pública. Esta medida generaría tensiones con las reglas de inversión de los fondos reguladas por la SuperFinanciera. También se anunciaron alzas en precios de bienes de consumo regulados. El alcance normativo y los plazos de vigencia aún no han sido publicados en el Diario Oficial.
El Ministerio de Trabajo expidió un decreto que tipifica la tercerización laboral ilegal y establece multas de hasta 5.000 salarios mínimos mensuales vigentes, con posibilidad de revocar la licencia de funcionamiento de las empresas infractoras. El gremio de empresas temporales advirtió que la norma no elimina las modalidades legítimas de tercerización.
El decreto, anunciado por el ministro Antonio Sanguino, busca combatir el fraude laboral en modalidades como contratos de prestación de servicios que encubren relaciones laborales. La sanción máxima equivale a aproximadamente $7.117 millones con el salario mínimo 2026 de $1.423.500. La norma distingue entre tercerización lícita —a través de empresas de servicios temporales o contratistas independientes— y la que implica subordinación encubierta. El decreto aplica a todas las empresas del sector privado y complementa las disposiciones de la Ley 50 de 1990 y el Código Sustantivo del Trabajo. Los asesores laborales deben revisar los contratos de outsourcing vigentes de sus clientes ante el nuevo marco sancionatorio.
El director general de la DIAN, Carlos Emilio Betancourt, reveló que el contrabando genera una pérdida fiscal de $8 billones anuales por IVA a importaciones y aranceles no pagados, mientras que el volumen total de mercancías ilegales en circulación supera los $32 billones. La entidad refuerza controles aduaneros como parte de su estrategia de recaudo.
La brecha entre la pérdida fiscal ($8 billones) y el valor económico del contrabando ($32 billones) refleja la magnitud del mercado informal de importaciones en Colombia. Los sectores más afectados incluyen textiles, calzado, electrodomésticos y combustibles. La DIAN ha intensificado operativos en puertos y zonas de frontera, en particular en La Guajira, Norte de Santander y Nariño. La entidad estima que una reducción del 20% en el contrabando podría aportar más de $1,6 billones adicionales al recaudo anual. El contexto es relevante para asesores que asesoran a importadores legales que compiten con mercancía ilegal.
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El Consejo de Estado, Sección Cuarta, determinó en su Boletín de Jurisprudencia N.° 295 que el artículo 90 del Estatuto Tributario no aplica para limitar descuentos condicionados en operaciones entre vinculados económicos bajo el régimen de precios de transferencia. El régimen especial desplaza las reglas generales de valor de mercado.
La decisión, recogida en el Boletín 295 (marzo 2026), establece un criterio interpretativo de alto impacto para contribuyentes obligados al régimen de precios de transferencia: las operaciones con vinculados se rigen exclusivamente por las normas de los artículos 260-1 y siguientes del E.T., sin que la DIAN pueda invocar el artículo 90 para objetar el precio pactado. El mismo boletín ratificó el carácter rogado de los beneficios tributarios territoriales, al avalar la pérdida de una exención de predial en Cali por no haberse solicitado oportunamente. Ambas decisiones tienen aplicación directa en planeación fiscal y en la defensa de actuaciones de la DIAN en fiscalizaciones de grupos empresariales.
El Banco de la República reportó que la deuda externa total de Colombia se ubicó en US$252.493 millones al cierre de marzo de 2026, equivalente al 52,7% del PIB, con una reducción de US$1.434 millones frente a febrero. El indicador mejora levemente pero se mantiene en niveles elevados con implicaciones para la calificación soberana.
En febrero de 2026 la deuda externa había alcanzado US$253.927 millones. La reducción de marzo refleja principalmente amortizaciones del sector público y variaciones de tipo de cambio. El ratio de 52,7% del PIB sigue siendo alto en comparación con el promedio histórico de Colombia y con pares regionales como Perú y Chile. Fitch Ratings y Moody's han señalado el nivel de endeudamiento externo como factor de riesgo para la calificación soberana. Para empresas con pasivos en dólares, la evolución de este indicador es relevante por su correlación con la TRM y el costo de financiamiento externo.
Los depósitos de la Tesorería General de la Nación alcanzaron $16,2 billones en mayo de 2026, el nivel más alto registrado, impulsados por una megasubasta de Títulos de Deuda Pública (TES) con tasas de hasta 15% anual. El dato contrasta con el bajo nivel de caja observado en los primeros meses del año.
La megasubasta de TES con rendimientos de hasta 15% EA atrajo demanda significativa de inversionistas institucionales, incluyendo fondos de pensiones y compañías de seguros. El nivel de $16,2 billones en caja mejora el perfil de liquidez del Gobierno Nacional para el pago de obligaciones del segundo semestre, incluyendo el servicio de la deuda y transferencias a territorios. Sin embargo, el costo financiero de captar a esas tasas eleva el gasto por intereses del presupuesto nacional 2026. Este contexto es clave para asesores que gestionan portafolios de renta fija o asesoran a entidades que invierten en deuda pública colombiana.
El Banco de la República advirtió en su más reciente informe que los hogares colombianos presentan niveles de endeudamiento más altos y menor capacidad de respuesta ante choques económicos. El sistema financiero, en contraste, mantiene indicadores de solvencia y liquidez sólidos con crecimiento de cartera del 3,5%.
El reporte del Emisor señala que la carga financiera de los hogares —medida como proporción del ingreso destinada al servicio de deuda— ha aumentado en el contexto de tasas de interés elevadas y mayor inflación. La cartera total del sistema financiero creció 3,5% real, con impulso del crédito de consumo y microcrédito, pero con moderación en vivienda y comercial. Los indicadores de calidad de cartera muestran estabilización, aunque el Emisor advierte sobre el riesgo de deterioro si la tasa BanRep se mantiene restrictiva por más tiempo. Para asesores financieros, el informe es relevante para evaluar el riesgo crediticio de clientes con pasivos bancarios significativos.
El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo expidió un decreto que deroga los aranceles del 30% aplicados a importaciones desde Ecuador, en cumplimiento de una orden de la Comunidad Andina de Naciones (CAN). La medida normaliza el comercio bilateral tras meses de disputa arancelaria.
Los aranceles del 30% habían sido impuestos por Colombia como medida de salvaguardia ante el incremento de importaciones ecuatorianas, en particular de productos agroindustriales. Ecuador había aplicado reciprocidad con una tasa de seguridad del 100% sobre productos colombianos. La resolución de la CAN ordenó a ambos países eliminar las medidas restrictivas. Con la derogación, los importadores colombianos de productos ecuatorianos recuperan las condiciones arancelarias del Acuerdo de Cartagena. Los asesores de comercio exterior deben actualizar las liquidaciones de arancel en operaciones de importación desde Ecuador con fecha posterior al decreto.
La Superintendencia de Sociedades reconoció las providencias de la Corte de Alberta (Canadá) dentro del proceso de insolvencia transfronteriza del grupo Canacol Energy, habilitando la ejecución local del plan de reestructuración en las filiales y sucursales colombianas.
Las sociedades colombianas involucradas son Canacol Energy Colombia S.A.S., CNE Oil & Gas S.A.S., Cantana Energy Sucursal Colombia y CNEOG Colombia Sucursal Colombia. SuperSociedades reconoció la Tercera y Cuarta Providencia de Ratificación y Adición de la Orden Inicial emitidas por el tribunal canadiense. El reconocimiento activa la aplicación local del plan de reorganización, con efectos sobre contratos, pasivos y obligaciones fiscales de las entidades colombianas. Este tipo de procesos de insolvencia transfronteriza es regulado en Colombia bajo la Ley 1116 de 2006 y los tratados de cooperación judicial. Los asesores de las contrapartes contractuales de Canacol en Colombia deben evaluar el impacto del plan sobre sus créditos y garantías.
El decreto expedido por el Ministerio de Trabajo tipifica las conductas constitutivas de tercerización laboral ilegal, distinguiéndolas de las modalidades lícitas como empresas de servicios temporales y contratos de prestación de servicios genuinos. La sanción máxima asciende a 5.000 salarios mínimos mensuales legales vigentes (aproximadamente $7.117 millones en 2026), con posibilidad de revocatoria de la licencia de funcionamiento en casos graves.
La norma complementa el Código Sustantivo del Trabajo y la Ley 50 de 1990. Los empleadores deben revisar sus estructuras de contratación de terceros para asegurar que no existan elementos de subordinación encubierta. El decreto fue anunciado el 9 de junio de 2026 y aún no se ha publicado el número oficial en el Diario Oficial.
La Sección Cuarta del Consejo de Estado estableció que el artículo 90 del Estatuto Tributario —que permite a la DIAN rechazar precios de transacciones que no correspondan al valor de mercado— no es aplicable a operaciones entre vinculados económicos sujetas al régimen de precios de transferencia (artículos 260-1 y ss. del E.T.), por cuanto este último constituye un régimen especial que desplaza las reglas generales.
En la misma compilación, la Sección ratificó el carácter rogado de los beneficios tributarios territoriales: la exención de predial sobre un bien de interés cultural en Cali fue declarada perdida por no haberse solicitado dentro del plazo establecido por el municipio. Ambas decisiones son vinculantes para la DIAN y las administraciones tributarias territoriales. El boletín corresponde al período de marzo de 2026.
La resolución regula la designación de un representante aduanero único para grupos empresariales, exigiendo que los representantes legales de cada sociedad del conglomerado actualicen el RUT con el tipo de representación correspondiente y acrediten vínculo laboral con alguna empresa del grupo. La norma habilita la asignación de roles operativos a través de los servicios informáticos electrónicos de la DIAN.
Es especialmente relevante para grupos con operaciones de comercio exterior que centralicen la gestión aduanera. Los grupos empresariales que no hayan actualizado el RUT de sus representantes aduaneros se exponen a rechazos en declaraciones de importación y exportación.
Indicadores Macro
TRM$3.581,45 COP/USD (cierre 9 de junio)-$6,64 vs TRM certificada del 8 de junio ($3.588,09)
El dólar cerró a la baja el 9 de junio de 2026, con un descenso de $6,64 frente a la TRM del día anterior. La tendencia bajista del dólar en Colombia se mantiene en el contexto preelectoral de segunda vuelta, programada para el 21 de junio. Comisionistas de bolsa proyectan una TRM en torno a $3.550 para el tercer trimestre de 2026 si continúa la reducción de la incertidumbre política. El Brent cayó 1,6% a US$92,7 el barril el mismo día, lo que también redujo presiones cambiarias por menores ingresos en dólares proyectados.
Deuda externa / PIB52,7% del PIB (US$252.493 millones)-US$1.434 millones vs febrero 2026 (US$253.927 millones)
El Banco de la República publicó los datos preliminares de deuda externa a marzo de 2026, con una reducción mensual de US$1.434 millones frente a febrero. El ratio de 52,7% del PIB se mantiene por encima del promedio histórico de Colombia. La deuda pública externa representa la mayor parte del saldo, seguida por la deuda corporativa privada en dólares. La reducción es marginal y no altera el perfil de riesgo soberano evaluado por las calificadoras internacionales. Para empresas con pasivos en moneda extranjera, el nivel de endeudamiento externo del país incide en el acceso y costo de financiamiento en mercados internacionales.
Petróleo BrentUS$92,7 por barril-US$1,55 (-1,6%) vs jornada anterior
El Brent cayó US$1,55 el 9 de junio, presionado por señales de desaceleración de la demanda global. El WTI también retrocedió US$1,93 (-2,1%) hasta US$89,37. Para Colombia, la caída del crudo tiene implicaciones directas sobre los ingresos fiscales de Ecopetrol, los dividendos que recibe la Nación y el comportamiento de la TRM. Analistas habían proyectado exportaciones petroleras por US$17.000–17.500 millones en 2026 con Brent alto; una corrección sostenida por debajo de US$93 podría reducir esa estimación.
Sector Empresarial
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Promigas recibe aval de accionistas para emitir hasta US$1.000 millones en bonos internacionales; la Junta Directiva definirá condiciones específicas.
La Asamblea de Accionistas de Promigas aprobó la facultad para emitir bonos en mercados internacionales por hasta US$1.000 millones. La Junta Directiva quedó habilitada para reglamentar la emisión, incluyendo tasas, plazos y mercados de colocación. La operación buscaría refinanciar pasivos existentes y financiar expansión de infraestructura de gas. Para los asesores financieros, la emisión de deuda en dólares de una empresa con ingresos en pesos implica riesgo cambiario que deberá gestionarse mediante coberturas. La aprobación fue informada el 10 de junio de 2026.
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Consejo de Estado anuló licencia ambiental de proyecto de perforación exploratoria de Ecopetrol en Norte de Santander.
La Sección Primera del Consejo de Estado declaró la nulidad de la licencia ambiental otorgada para un proyecto de perforación exploratoria de hidrocarburos de Ecopetrol en Norte de Santander. La decisión se produce en un contexto de creciente litigiosidad ambiental que afecta la exploración de nuevos bloques en Colombia. La nulidad implica que Ecopetrol deberá reiniciar el trámite de licenciamiento ante la ANLA, con los costos y tiempos que ello conlleva. Para asesores del sector energético, el fallo refuerza la importancia de revisar la solidez del expediente ambiental antes de iniciar inversiones en proyectos exploratorios.
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SuperSociedades reconoció providencias canadienses del proceso de insolvencia de Canacol Energy, habilitando ejecución del plan de reestructuración en Colombia.
Las entidades colombianas afectadas son Canacol Energy Colombia S.A.S., CNE Oil & Gas S.A.S., Cantana Energy Sucursal Colombia y CNEOG Colombia Sucursal Colombia. El reconocimiento por SuperSociedades de las órdenes de la Corte de Alberta activa en Colombia los efectos del plan de reorganización aprobado en Canadá, incluyendo potenciales quitas, plazos y novaciones de pasivos. Los acreedores locales —incluyendo el fisco colombiano si hay obligaciones tributarias pendientes— deben verificar su posición dentro del plan reconocido. El proceso es un referente para la aplicación del régimen de insolvencia transfronteriza bajo la Ley 1116 de 2006.
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Banco Agrario supera meta histórica en colocación de cartera agropecuaria; créditos para café y plátano lideran el portafolio.
El Banco Agrario alcanzó un hito histórico en su cartera de créditos, con los segmentos de café y plátano como los de mayor participación en la cartera agropecuaria. Los créditos de consumo y economía popular concentran los mayores saldos en la línea no rural. El logro se produce en medio de la caída del 19% en la producción cafetera en lo corrido de 2026, lo que podría afectar la calidad de cartera en ese segmento. Para asesores del sector agropecuario, el desempeño del Banco Agrario es un indicador del acceso al crédito formal de los pequeños y medianos productores rurales.
Banca y FinTech
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Itaú Colombia firma memorando de entendimiento con la OMPI y el DNP para explorar el uso de propiedad intelectual como garantía de financiamiento.
El acuerdo, suscrito con el apoyo de Asobancaria, busca desarrollar un piloto que permita a empresas colombianas —especialmente Mipymes con activos intangibles— acceder a crédito usando sus marcas, patentes o derechos de autor como colateral. La Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) aportará metodología internacional y el DNP facilitará el marco de política pública. Si el piloto avanza, podría requerir ajustes regulatorios en las normas de garantías mobiliarias de la SuperFinanciera. Es una iniciativa de impacto potencial para asesores de empresas intensivas en conocimiento y activos intangibles.
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Anif revela que el 96% de los adultos colombianos cuenta con al menos un producto financiero, aunque un tercio no usa activamente su cuenta de ahorros.
El reporte de inclusión financiera de Anif muestra que Colombia alcanzó una cobertura casi universal en tenencia de productos financieros formales. Sin embargo, la brecha entre tenencia y uso activo persiste: cerca de un tercio de los titulares de cuentas de ahorro no las utiliza de manera efectiva. Este fenómeno —conocido como inclusión financiera pasiva— limita el impacto real de la bancarización en el ahorro y el crédito. Para el sector FinTech y los asesores de planeación financiera personal, el dato sugiere oportunidades en educación financiera y productos de mayor engagement.
Breves
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PEI (Patrimonio Estrategias Inmobiliarias) prepagó más de $300.000 millones en obligaciones financieras con recursos de la venta de Plaza Central a Cencosud Shopping.
Los recursos provienen de la desinversión del 51% de Plaza Central concretada semanas atrás por $459.000 millones (US$124,5 millones). El prepago redujo la deuda total de PEI en aproximadamente 10%, mejorando su perfil de endeudamiento. Para los tenedores de bonos y los fondos de capital privado con participación en PEI, la operación reduce el riesgo de refinanciación en el corto plazo.
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Embalses colombianos se ubican al 69,43% de capacidad, un 11% por debajo de la meta del 80% fijada por XM para afrontar El Niño.
XM, el operador del sistema eléctrico colombiano, estimó que los embalses debían estar al 80% al inicio de junio para garantizar el suministro durante el fenómeno de El Niño. El nivel actual del 69,43% representa un déficit de 10,57 puntos porcentuales frente a esa meta. El riesgo de racionamiento eléctrico, estimado en un costo de $600.000 millones por hora, sigue latente. Para empresas con alta dependencia energética, es recomendable evaluar coberturas de precio de energía y planes de eficiencia operativa ante posibles restricciones de suministro.
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Déficit fiscal real podría ser 8,3% del PIB en 2026 según el exministro Mauricio Cárdenas, superando la proyección oficial de 6,7%.
Cárdenas, exministro de Hacienda, cuestionó la credibilidad de las cifras fiscales del Gobierno Petro y advirtió que el déficit real podría alcanzar el 8,3% del PIB, unos 1,6 puntos porcentuales por encima del dato oficial de 6,7%. La discrepancia se explicaría por el reconocimiento de pasivos contingentes y rezagos en el registro de obligaciones. Este debate es relevante para la agenda del próximo gobierno y para las calificadoras internacionales que monitorean la sostenibilidad fiscal colombiana. Para asesores tributarios, el tamaño real del déficit incide en la presión futura de recaudo y en posibles nuevas reformas fiscales.
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Capital privado en Colombia supera los US$31.800 millones, consolidándose como fuente relevante de financiamiento empresarial alternativo al crédito bancario.
El mercado de capital privado —que incluye fondos de private equity, venture capital y deuda privada— ha crecido sostenidamente en Colombia durante los últimos cinco años. Los sectores más activos en captación de inversiones son tecnología, infraestructura, agroindustria y servicios financieros. Para las empresas que evalúan alternativas de capitalización distintas al mercado de valores o la deuda bancaria, los fondos de capital privado representan una opción con mayor flexibilidad en estructuras y plazos. Los asesores tributarios deben considerar las implicaciones fiscales de los esquemas de inversión de estos fondos, incluyendo el tratamiento de dividendos, ganancias ocasionales y retención en la fuente.
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