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Briefing tributario y financiero, Colombia.

lunes, 25 de mayo de 2026 · Bogotá

Titulares

01

Reforma tributaria incluye normalización fiscal con descuentos de hasta 90% en intereses y sanciones a deudores de la DIAN

El proyecto de ley de financiamiento contempla un capítulo de normalización dirigido a cerca de 100.000 deudores morosos de la DIAN, con descuentos de hasta el 90% en intereses, multas y sanciones. La Contraloría General estima que las obligaciones en mora ascienden a aproximadamente $22 billones.

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El capítulo de normalización fiscal del proyecto de ley de financiamiento busca recaudar $16,3 billones en total. La Contraloría cifra el universo de deuda morosa en $22 billones, lo que implica que los descuentos ofrecidos podrían significar una condonación parcial significativa para el fisco. El mecanismo apunta a reactivar el cumplimiento voluntario de cerca de 100.000 contribuyentes con obligaciones vencidas ante la DIAN. El proyecto continúa su trámite en las comisiones del Congreso tras el aplazamiento del primer debate registrado la semana anterior por falta de quórum. Los asesores tributarios deben evaluar con sus clientes la conveniencia de acogerse a la normalización antes de que el proyecto sea aprobado o modificado.
02

Corte Constitucional rechaza modular efectos de la Sentencia C-489/2023 sobre deducibilidad de regalías: impacto fiscal de $6,65 billones

Mediante el Auto A948-24, la Corte Constitucional negó la solicitud del Ministerio de Hacienda de limitar o aclarar los efectos de la Sentencia C-489 de 2023, que declaró inexequible la prohibición de deducir regalías del impuesto de renta en el sector minero-energético. La decisión es definitiva y favorece a los contribuyentes del sector.

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El Ministerio de Hacienda estimó que el impacto fiscal acumulado para 2024 asciende a $6,65 billones, incluyendo efectos de las vigencias 2023 y 2024 agravados por el Decreto 261 del 24 de febrero de 2023. La Corte señaló que el Gobierno no acreditó de forma rigurosa el impacto alegado y que parte del recaudo de $3,4 billones proviene de incrementos en otros tributos distintos a las regalías. La C-489 de 2023 no admite modulación, por lo que los contribuyentes minero-energéticos que hayan pagado impuesto de renta sin deducir regalías tienen sustento jurídico para revisar sus declaraciones. Los asesores deben verificar si sus clientes del sector tienen correcciones o solicitudes de devolución viables dentro de los plazos del artículo 589 del ET. Este pronunciamiento tiene relevancia directa para Ecopetrol, Canacol y demás contribuyentes del sector extractivo.
03

Consejo de Estado: adición de ingresos en liquidación oficial requiere sustento probatorio suficiente; fallo favorece a contribuyente en ICA

La Sección Cuarta del Consejo de Estado confirmó la sentencia del Tribunal de Cundinamarca que anuló una liquidación oficial de revisión por adición de ingresos no debidamente soportada por la administración tributaria. El caso Tellus (Exp. 27906) sienta precedente sobre la carga probatoria de la DIAN y las autoridades locales en procesos de fiscalización.

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La litis versó sobre la procedencia de la adición de ingresos efectuada durante una auditoría, en el marco de un proceso de nulidad y restablecimiento del derecho. El Consejo de Estado concluyó que la autoridad demandada no acreditó suficientemente la adición practicada, ratificando la declaración privada del contribuyente. No se impuso condena en costas conforme al artículo 365 del Código General del Proceso, al no haberse demostrado su causación. El fallo refuerza la posición de que la carga de la prueba en las liquidaciones oficiales de revisión recae en la administración cuando imputa ingresos no declarados. Los asesores tributarios deben documentar adecuadamente las fuentes de ingreso de sus clientes para resistir adiciones en auditorías tanto de DIAN como de autoridades distritales.

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04

Tasas hipotecarias se desanclan de la tasa BanRep y siguen el ritmo de los TES

Un análisis publicado por Valora Analitik revela que los créditos hipotecarios en Colombia han dejado de responder a los movimientos de la tasa de intervención del Banco de la República y en su lugar replican el comportamiento de los títulos de deuda pública (TES). El fenómeno tiene implicaciones directas para el cálculo de carga financiera en estructuraciones de crédito.

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El desacople entre la tasa BanRep (actualmente en 11,25%) y las tasas hipotecarias sugiere que los bancos están incorporando la prima de riesgo soberano reflejada en los TES como referencia de costo de fondeo. Este comportamiento complica las proyecciones de flujo de caja para proyectos inmobiliarios y dificulta la planificación financiera de hogares con créditos variables en UVR o tasa fija. En un contexto de sector vivienda deprimido —VIS cayó 73% y Mi Casa Ya fue suspendido— el encarecimiento del crédito hipotecario agrava la contracción de la demanda. Los asesores financieros deben considerar este desacople al modelar el costo efectivo de financiación en operaciones inmobiliarias. No se han publicado cifras exactas de las tasas actuales en el artículo, pero la tendencia al alza de los TES de largo plazo anticipa mayor presión sobre los créditos de vivienda.
05

Corte Suprema: trabajador que no usa la ruta empresarial pierde el derecho al auxilio de transporte

La Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia aclaró que cuando el empleador garantiza un servicio de transporte propio, el trabajador que no lo utiliza no tiene derecho al pago del auxilio de transporte. El fallo tiene efectos directos en el cálculo de nómina y prestaciones sociales.

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El auxilio de transporte vigente para 2026, incorporado al salario para el cálculo de cesantías, intereses sobre cesantías y prima de servicios, dejará de ser exigible cuando el empleador demuestre que ofrece una ruta empresarial disponible y funcional. La Corte señaló que el propósito del auxilio es sufragar el costo del desplazamiento al trabajo, de modo que si este es cubierto por el empleador mediante ruta propia, la causa del beneficio desaparece. Las empresas que cuenten con flotas de transporte deben documentar la oferta del servicio, la comunicación a los trabajadores y los registros de uso para respaldar la no liquidación del auxilio. Los asesores laborales deben revisar los contratos y reglamentos internos de sus clientes para evitar contingencias en inspecciones del Ministerio del Trabajo o la UGPP. La sentencia no modifica el auxilio para trabajadores que sí deben sufragar su desplazamiento.
06

Jornada laboral máxima pasará a 42 horas semanales desde mediados de julio de 2026: impacto en horas extra y nómina

A partir de mediados de julio de 2026 entrará en vigor la nueva jornada laboral máxima de 42 horas semanales en Colombia, última etapa de la reducción gradual establecida por la Ley 2101 de 2021. El cambio modifica el umbral a partir del cual se causan horas extra y el cálculo de recargos.

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La Ley 2101 de 2021 estableció una reducción escalonada de la jornada máxima de 48 a 42 horas semanales, con la etapa final prevista para julio de 2026. A partir de esa fecha, las horas trabajadas por encima de 42 semanales constituirán trabajo suplementario sujeto a los recargos del artículo 168 del Código Sustantivo del Trabajo (25% diurno, 75% nocturno). Los empleadores deben actualizar sus sistemas de nómina y los contratos individuales que hagan referencia a la jornada de 44 o 46 horas de etapas anteriores. El cambio también incide en el cálculo del trabajo en días de descanso obligatorio y en la liquidación de vacaciones proporcionales. Las empresas con turnos rotativos y actividades de alto volumen de personal deberán proyectar el incremento en costos laborales y ajustar sus presupuestos para el segundo semestre.
07

Fitch reafirma calificación máxima de GEB con perspectiva estable

Fitch Ratings confirmó la calificación crediticia más alta para el Grupo de Energía de Bogotá (GEB), incluyendo sus emisiones de bonos y papeles comerciales, con perspectiva estable. La decisión respalda el acceso de la compañía a financiamiento de largo plazo en condiciones favorables.

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Fitch destacó la solidez del portafolio diversificado de GEB, que opera en Colombia, Perú, Brasil y otros mercados de la región. La perspectiva estable refleja la estabilidad regulatoria de los activos de transmisión y distribución de energía que conforman la base del negocio. La confirmación de la máxima calificación otorga a GEB ventajas competitivas en futuras emisiones de deuda en los mercados de capitales locales e internacionales. Para los asesores financieros, la calificación es relevante en la valoración de los papeles comerciales de GEB como activo de tesorería corporativa. La calificación también incide en los ponderadores de riesgo aplicables a las inversiones en títulos de GEB por parte de entidades vigiladas por la SuperFinanciera.
08

Tasa de desempleo cae a 9,23% en febrero de 2026, el nivel más bajo en más de un año

La tasa de desempleo nacional medida por la Gran Encuesta Integrada de Hogares (GEIH) se ubicó en 9,23% en febrero de 2026, frente al 10,86% del mismo mes de 2025. El dato confirma la solidez del mercado laboral, aunque también contribuye a las presiones inflacionarias que mantienen la tasa BanRep elevada.

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El Banco de la República, en su Boletín de Indicadores Económicos (BIE), cita el dato del DANE con corte a febrero de 2026. La mejora de 1,63 puntos porcentuales interanuales refleja un mercado laboral más dinámico, sostenido por el consumo de los hogares y el crecimiento del sector servicios. Sin embargo, el BanRep ha señalado que el bajo desempleo y el fuerte consumo privado son factores que dificultan la convergencia de la inflación hacia la meta del 3%. Con IPC en 5,68% anual y tasa de intervención en 11,25%, el mercado laboral robusto reduce el margen para recortes de tasas en el corto plazo. Los asesores financieros deben incorporar este contexto al modelar el costo de capital de sus clientes para el segundo semestre de 2026.

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