El Consejo de Estado ordenó la suspensión provisional de varios artículos del decreto gubernamental que incrementó las tarifas de retención y autorretención en la fuente para personas jurídicas. El tribunal consideró que el Gobierno no presentó motivación suficiente ni estudios técnicos que justificaran la medida.
La providencia señala que los artículos suspendidos 'no estaban suficiente ni adecuadamente motivados', lo que constituye un vicio de validez del acto administrativo. El decreto había sido expedido en el marco del estado de emergencia y permitía al Gobierno adelantar recaudo tributario significativo de empresas, especialmente del sector hidrocarburos y minería. La suspensión tiene efecto inmediato sobre las obligaciones de retención vigentes, por lo que las empresas deben revisar sus liquidaciones y pagos pendientes. El impacto fiscal es considerable dado que la medida era uno de los instrumentos del Gobierno para compensar el déficit de recaudo. Los asesores deben verificar si procede solicitar devolución o compensación de retenciones ya practicadas bajo las tarifas suspendidas.
Hernando Vargas, gerente técnico del Banco de la República, alertó que la decisión de mantener la tasa de intervención en 11,25% tendrá un costo sobre la convergencia de la inflación a la meta del 3%. El pronunciamiento ocurre en un contexto de creciente tensión entre la Junta Directiva y el Gobierno Nacional.
Las minutas de la reunión de abril revelan que cuatro codirectores querían elevar la tasa por encima de 11,25%, pero la decisión final fue unánime solo tras negociaciones internas. El equipo técnico del emisor calcula que el precio a pagar por pausar el ciclo alcista dependerá de cuánto se prolongue la pausa. La inflación de abril se anticipa cercana a 5,7% anual, por encima de la proyección previa de 5,64%, impulsada por alimentos, combustibles y servicios. BanRep ya había elevado la tasa 200 puntos básicos entre enero y marzo de 2026; la próxima reunión está programada para el 30 de junio. El CARF redujo simultáneamente la proyección de PIB tendencial a 2,6% para el período 2026–2037, lo que limita el espacio de política monetaria.
Los ministerios de Transporte y Hacienda, junto con la Gobernación de Cundinamarca, formalizaron la adición presupuestal de $1,95 billones al proyecto Regiotram del Norte. La decisión activa un CONPES que abrió diferencias entre el Gobierno Nacional y la Alcaldía de Bogotá sobre la integración urbana del corredor.
El gobernador de Cundinamarca confirmó que el corredor no requerirá nuevo licenciamiento ambiental por tratarse de una vía consolidada, lo que agiliza los tiempos del proyecto. La Nación asume directamente la adición presupuestal, sin que Bogotá haga un aporte equivalente en esta fase. El alcalde Carlos Fernando Galán respaldó el proyecto pero exigió corregir aspectos de integración urbana con el sistema Transmilenio. La Financiera de Desarrollo Nacional (FDN) adelanta estructuración de financiamiento, incluyendo la segunda y tercera línea del metro de Bogotá. El monto adicional implica ajustes al Marco Fiscal de Mediano Plazo y presupuesto de inversión 2026.
¿Qué tema te preocupa? Conversemos.
Si alguno de los puntos del briefing impacta a tu empresa, nuestro equipo puede acompañarte con análisis y asesoría especializada.
El dólar cerró en $3.734 COP/USD el 7 de mayo, manteniéndose en niveles de marzo de 2026. Operadores de mercado atribuyen la mitad del volumen negociado el 6 de mayo a operaciones del Ejecutivo relacionadas con manejo de deuda.
Analistas estiman que el peso podría recuperar terreno si el dato de inflación de abril, que se publica en los próximos días, no trae sorpresas negativas extremas. El Brent retrocedió a US$98,77 y el WTI perdió US$2,47 en la jornada, reduciendo presiones externas sobre importaciones. La deuda pública se desvalorizó en la sesión, reflejando el deterioro en la percepción de riesgo fiscal. Las operaciones de compra de divisas del Gobierno están vinculadas a la operación de manejo de deuda anunciada previamente, incluyendo el pago de la concesión Ruta del Sol 3 con TES. El tipo de cambio acumula una depreciación significativa frente al cierre de abril ($3.637,51).
Mediante el Comunicado de Prensa No. 040 de 2026, la DIAN invitó a contribuyentes con obligaciones tributarias, aduaneras y cambiarias pendientes a acogerse a condiciones especiales de normalización fiscal. La medida permite conciliar el 85% de sanciones e intereses discutidos ante liquidaciones oficiales.
El mecanismo está habilitado por el Decreto 0240 del 12 de marzo de 2026, expedido en el marco del estado de emergencia del Decreto 150 del 11 de febrero de 2026. Aplica a contribuyentes que hayan interpuesto demanda de nulidad y restablecimiento del derecho contra actos de la DIAN; la conciliación procede sobre el 85% del valor de sanciones e intereses en disputa. La solicitud debe presentarse directamente ante la DIAN dentro de los plazos establecidos en el decreto. El instrumento cubre obligaciones tributarias nacionales, aduaneras y cambiarias. Los asesores deben evaluar caso a caso la conveniencia frente a la continuación del proceso contencioso.
Analistas proyectan que el IPC de abril de 2026 se ubicará alrededor de 5,7% anual, por encima de la expectativa previa de 5,64%, impulsado por alimentos, combustibles y servicios. El dato reforzaría la postura de los cuatro codirectores que querían subir la tasa en la reunión de abril.
El IPC de marzo de 2026 cerró en 5,56% anual, con variación mensual de 0,78%. La aceleración en abril estaría explicada por el alza del precio de la gasolina (+$400/galón en mayo) y presiones en alimentos ante el inicio del fenómeno El Niño. El equipo técnico del BanRep ya advirtió que mantener la tasa en 11,25% prolongará la convergencia a la meta del 3%. El DANE publicará el dato oficial de IPC abril en los próximos días. El resultado condicionará directamente la decisión de política monetaria del 30 de junio de 2026.
El Gobierno Nacional dio luz verde al megaproyecto de regasificación de gas natural de TGI en La Guajira, que incluye construcciones submarinas y adecuaciones técnicas. Los permisos ambientales y marítimos aún están en trámite.
El proyecto busca compensar la caída en producción doméstica de gas, que ya cubre solo el 75% de la demanda nacional en 2026 y podría bajar al 61% si los contratos de Canacol se cancelan. La aprobación gubernamental habilita la siguiente fase de desarrollo, aunque la entrada en operación depende de los permisos ambientales pendientes. TGI es filial de ISA, empresa con plan de inversiones de hasta US$22.000 millones para 2040. La regasificación complementaría la capacidad de importación de GNL por vía marítima hacia la Costa Caribe. El proyecto tiene implicaciones tarifarias reguladas por la CREG para el segmento de transporte y distribución de gas.
El Comité Autónomo de la Regla Fiscal (CARF) rebajó su estimación de crecimiento potencial de la economía colombiana a 2,6% anual para el período 2026–2037. La revisión tiene implicaciones directas sobre el espacio fiscal disponible para el próximo gobierno.
Con corte a 2025 el PIB tendencial alcanzó $1,01 billones; el CARF proyecta que llegaría a cerca de $1,38 billones en 2037 bajo esta trayectoria. Un menor PIB tendencial reduce el denominador sobre el cual se calcula la meta de déficit estructural bajo la regla fiscal, haciendo más exigente el ajuste requerido. El NowCast del BanRep ya mostraba una contracción de 0,8% mensual en abril de 2026. El CARF también pronostica que el desempleo podría volver a niveles de dos dígitos si no se reactiva la inversión privada. La pérdida de capacidad de inversión de Colombia frente a sus vecinos regionales es identificada como uno de los factores estructurales detrás del deterioro del potencial.
La Agencia Nacional de Infraestructura (ANI) perdió una demanda arbitral relacionada con la megavía Antioquia–Bolívar por $3,5 billones y anunció que buscará correcciones al fallo por considerar excesiva la fórmula de liquidación aplicada.
La ANI califica el resultado como un 'exceso' en la fórmula de liquidación que terminó por condenar al Estado colombiano al pago de la cifra billonaria. El fallo arbitral genera una obligación contingente significativa para el Presupuesto General de la Nación, en un contexto de ya elevado déficit fiscal. El pago podría realizarse con TES o mediante negociación directa, mecanismo similar al empleado en Ruta del Sol 3. Los asesores que estructuren contratos de concesión o APP deben revisar las cláusulas de liquidación a la luz de este precedente. La ANI evaluará vías procesales disponibles, incluyendo recursos de anulación o aclaración ante el tribunal arbitral.
El Consejo de Estado suspendió provisionalmente los artículos del decreto gubernamental que elevaron las tarifas de retención y autorretención en la fuente para empresas, al considerar que la norma carece de motivación suficiente y de estudios técnicos que respalden la modificación de los plazos y tarifas de pago. La medida tiene efecto inmediato sobre las obligaciones de retención en la fuente vigentes para personas jurídicas.
Las empresas que hayan practicado retenciones bajo las tarifas incrementadas deben revisar con sus asesores si procede ajuste retroactivo o solicitud de compensación. El auto se expidió el 7 de mayo de 2026. El impacto sobre el recaudo tributario del Gobierno Nacional es significativo, dado que el decreto era uno de los instrumentos de adelanto de ingresos fiscales.
El Decreto 0240 adopta medidas tributarias adicionales en el marco del estado de emergencia declarado por el Decreto 150 del 11 de febrero de 2026. Habilita a contribuyentes, agentes de retención, responsables de impuestos nacionales, usuarios aduaneros y del régimen cambiario que tengan demandas de nulidad y restablecimiento del derecho en curso a conciliar el 85% del valor de sanciones e intereses discutidos contra liquidaciones oficiales de la DIAN.
La solicitud debe presentarse directamente ante la entidad dentro de los plazos fijados en el decreto. Aplica a obligaciones tributarias nacionales, aduaneras y cambiarias administradas por la DIAN. Los asesores deben evaluar el beneficio de la conciliación frente a la expectativa de éxito en el proceso contencioso.
La Corte Constitucional revisó y encontró inconstitucional el tratamiento tributario diferenciado del impuesto predial sobre bienes de uso público explotados por concesionarios portuarios establecido en el artículo 150 de la Ley 2010 de 2019. El fallo concluye que la norma desconoce los principios de capacidad contributiva, justicia tributaria y equidad al tratar de forma distinta a sujetos comparables.
La decisión impacta directamente la liquidación del predial en puertos y su régimen de exenciones o sujeciones para los concesionarios. Los operadores portuarios y sus asesores tributarios deben revisar las declaraciones del impuesto predial presentadas y pendientes a la luz del nuevo criterio constitucional. La sentencia tiene efectos hacia el futuro salvo que la Corte haya modulado sus efectos en el fallo.
La Corte Constitucional unificó criterio en tutela sobre la validez de las notificaciones realizadas por la DIAN a la dirección registrada en la última declaración de renta presentada por el contribuyente. El fallo resuelve el debate sobre si la Sección Cuarta del Consejo de Estado incurrió en defecto sustantivo al confirmar la nulidad de una notificación realizada a una dirección no actualizada.
La decisión es relevante para la firmeza de liquidaciones oficiales y para el ejercicio válido de la acción de cobro coactivo por parte de la DIAN. Los contribuyentes deben verificar que la dirección registrada ante la DIAN esté actualizada para evitar notificaciones con efectos jurídicos plenos. La sentencia de unificación vincula a todos los jueces y tribunales del país.
El Concepto 1466 de 2017 precisa que tanto la compra de divisas entre entidades no intermediarias del mercado cambiario como el giro de divisas son operaciones no exentas del Gravamen a los Movimientos Financieros (GMF, 4×1.000). En el caso del giro de divisas, el artículo 1.4.2.1.1 del Decreto 1625 de 2016 exige identificar la cuenta en la entidad financiera mediante la cual los intermediarios cambiarios canalizan los recursos, al considerarse una sola operación.
El concepto distingue el movimiento contable del traslado de recursos respecto a la canalización efectiva entre entidades financieras e intermediarios del mercado cambiario. Este criterio doctrinal orienta a los responsables del GMF en operaciones de divisas, especialmente relevante ante el incremento en el volumen de operaciones cambiarias registrado en mayo de 2026.
Indicadores Macro
TRM (cierre mercado 7 de mayo de 2026)$3.734 COP/USD+$28 vs. cierre del 6 de mayo ($3.706)
El dólar cerró en $3.734 el 7 de mayo, manteniéndose en niveles de marzo de 2026. Operadores atribuyen la presión alcista a compras de divisas del Gobierno Nacional para operaciones de manejo de deuda. Analistas prevén corrección a la baja si el dato de inflación de abril no genera sorpresas negativas. La deuda pública se desvalorizó en la sesión. El Brent retrocedió a US$98,77 y el WTI perdió US$2,47, reduciendo presiones externas sobre la tasa de cambio.
IPC anual proyectado — Abril 2026~5,7% anual (estimado analistas)+0,14 pp vs. marzo 2026 (5,56%)
Los analistas anticipan que la inflación de abril se ubicará cerca de 5,7% anual, superando la proyección previa de 5,64%. Las presiones provienen de alimentos, combustibles (gasolina subió $400/galón en mayo) y servicios. El dato oficial del DANE se publicará en los próximos días. Una sorpresa al alza reforzaría la postura de los cuatro codirectores del BanRep que querían subir la tasa en abril. El equipo técnico del emisor ya advirtió que mantener la tasa en 11,25% prolongará la desinflación.
PIB tendencial proyectado 2026–2037 (CARF)2,6% anualA la baja vs. estimación previa
El Comité Autónomo de la Regla Fiscal redujo la proyección del PIB tendencial a 2,6% para el período 2026–2037, con el PIB potencial pasando de $1,01 billones (2025) a cerca de $1,38 billones en 2037. Un menor crecimiento potencial restringe el espacio fiscal bajo la regla fiscal y exige mayor ajuste del déficit estructural. El CARF advierte que el desempleo podría volver a dos dígitos sin reactivación de la inversión privada. Colombia figura como el país que más ha perdido capacidad de inversión frente a sus vecinos de la región según datos de Semana. El NowCast del BanRep ya mostraba contracción mensual de 0,8% en abril de 2026.
Sector Empresarial
—
Tecnoglass reportó ingresos récord de US$249 millones en el primer trimestre de 2026 y utilidad neta de US$31,9 millones.
La compañía barranquillera registró utilidad neta ajustada de US$34,6 millones (US$0,78 por acción) en el 1T26. Los ingresos récord reflejan mayor demanda en el mercado estadounidense, principal destino de exportación. Tecnoglass cotiza en el Nasdaq y sus resultados tienen implicaciones para el tratamiento tributario de dividendos en Colombia y las obligaciones de información de activos en el exterior para sus accionistas colombianos.
—
PEI reportó utilidad de $189.200 millones e ingresos de $220.000 millones en el primer trimestre de 2026, con crecimiento del 6,9% en ingresos.
El Patrimonio Estratégico de Inversión (PEI), fondo inmobiliario vigilado por la Superintendencia Financiera, mantiene una trayectoria de crecimiento en ingresos por arrendamiento de activos inmobiliarios. Los rendimientos distribuidos a los inversionistas del fondo tienen el tratamiento de dividendos o participaciones según el tipo de participación, sujetos a retención en la fuente. El crecimiento de 6,9% en ingresos se da en un contexto de valorización récord de la vivienda usada en Colombia reportada por el BanRep.
—
Más de 3.180 empresas colombianas solicitaron procesos de insolvencia entre enero de 2024 y septiembre de 2025, según el Atlas de la Supersociedades.
Los sectores de servicios, comercio y manufactura concentran la mayoría de las solicitudes. La causa principal identificada por Solunion no es la caída en ventas sino la incapacidad de convertir ventas en liquidez efectiva. La insolvencia formal activa obligaciones de reporte ante la DIAN y puede generar responsabilidad solidaria de administradores en materia tributaria. Los acuerdos de reorganización que incluyan condonación de deuda generan ingreso gravable para la sociedad deudora, aspecto crítico para el asesor tributario en estos procesos. La Supersociedades confirma incremento sostenido en procesos de reorganización y liquidación judicial en el período reportado.
—
Supersociedades reconoció garantía primaria DIP a financiadores del proceso de reorganización de Canacol Energy; activos locales ascienden a US$1.892 millones.
El financiamiento DIP (Debtor-in-Possession) otorga prelación de pago a quienes aportan liquidez durante la insolvencia, por encima de acreedores anteriores. La Supersociedades validó que los activos colombianos de Canacol (US$1.892 millones) respaldan adecuadamente la garantía, mediante auto del 9 de febrero de 2026. Este pronunciamiento establece precedente relevante para asesores que estructuren financiamientos en procesos de reorganización bajo la Ley 1116. La mitad del suministro de gas de la Costa Caribe sigue en riesgo si Canacol cancela sus contratos, lo que tendría impacto en costos energéticos de empresas de la región.
Banca y FinTech
—
Bancolombia integra sus códigos QR de personas y negocios al sistema Bre-B, ampliando la interoperabilidad del sistema de pagos inmediatos.
Los códigos QR de Bancolombia quedarán asociados a las llaves activas de cada usuario en Bre-B, tanto en el segmento personas como negocios. Esta integración facilita pagos entre clientes de distintas entidades sin necesidad de conocer el número de cuenta. El movimiento se enmarca en la expansión de Bre-B, que ya supera 105 millones de llaves registradas y 5 millones de operaciones diarias. La interoperabilidad tiene implicaciones para el cálculo del GMF en transacciones entre entidades y para el reporte de operaciones en efectivo bajo el SARLAFT.
—
Nequi lanzó servicio de remesas para ciudadanos venezolanos en Colombia, ampliando su oferta de servicios financieros transfronterizos.
El nuevo servicio permite a ciudadanos venezolanos residentes en Colombia enviar remesas desde la billetera Nequi. La operación activa obligaciones de cumplimiento cambiario y SARLAFT para Bancolombia como entidad responsable de Nequi. El lanzamiento ocurre semanas después de que Nequi revirtiera el cobro de comisiones por transacciones, consolidando su modelo gratuito para los 19 millones de usuarios. Las remesas canalizadas a través de plataformas digitales están sujetas a las normas de canalización del mercado cambiario según la regulación del BanRep.
—
Evolti y A2censo abren ronda de financiación por $4.000 millones para energía solar, con rentabilidad proyectada del 16% a tres años.
La ronda de crowdfunding empresarial se realiza a través de A2censo, plataforma de financiación colaborativa vigilada por la Superintendencia Financiera bajo la Resolución 0144 de 2020. La participación mínima es de $500.000 y la rentabilidad proyectada es del 16% E.A. con retorno del capital en tres años. Los rendimientos obtenidos por inversionistas personas naturales en plataformas de crowdfunding están sujetos a retención en la fuente según las reglas del artículo 365 del Estatuto Tributario. La inversión en energía solar se enmarca en los incentivos tributarios de la Ley 1715 de 2014, que otorga deducción especial del 50% en renta para inversiones en FNCER.
Breves
—
La DIAN puede embargar cuentas bancarias y tarjetas de contribuyentes morosos mediante órdenes de cobro coactivo enviadas directamente a entidades financieras.
El procedimiento aplica a contribuyentes con impuesto de renta o IVA pendiente, empresas con obligaciones fiscales en mora y personas con procesos de cobro coactivo activos sin acuerdos de pago vigentes. Las tarjetas de crédito, a diferencia de las cuentas corrientes y de ahorro, no son embargables dado que representan una obligación del titular con el banco, no un activo propio. El proceso de cobro coactivo de la DIAN no requiere autorización judicial previa y puede ejecutarse sobre cualquier activo del deudor una vez en firme el título ejecutivo.
—
Bogotá aprobó beneficios tributarios para garantizar partidos de la Selección Colombia en El Campín hasta 2036.
El Concejo de Bogotá aprobó beneficios tributarios para la FCF y los organizadores de los partidos de la Selección en el estadio El Campín hasta 2036. La medida implica exenciones o reducciones en impuestos distritales aplicables a los eventos deportivos, con impacto en el recaudo tributario distrital. Los asesores de entidades deportivas deben revisar el alcance de los beneficios aprobados y los requisitos para acceder a ellos. La iniciativa es relevante dado que el fútbol genera importantes flujos de IVA, retención en la fuente e ICA en la cadena de valor del evento.
—
Una nueva resolución del Gobierno Petro revisará y podría cancelar proyectos de energía que no han avanzado, liberando capacidad en la red eléctrica.
La resolución busca depurar el portafolio de proyectos energéticos con contratos de conexión vigentes pero sin avance en ejecución, liberando espacio en la red para nuevos desarrollos. La medida tiene implicaciones para los titulares de contratos de conexión que hayan capitalizado o amortizado costos de desarrollo del proyecto: su cancelación podría generar pérdidas fiscales deducibles o activos diferidos que deben revisarse. Los inversionistas en proyectos de energías renovables bajo Ley 1715 que pierdan su aprobación deberán evaluar la reversión de los beneficios tributarios tomados. La resolución se enmarca en la política de transición energética del Gobierno.
—
La producción de café en Colombia cayó 28% en el año corrido a abril de 2026, con leves señales de reactivación en el último mes.
La caída acumulada de 28% en producción cafetera afecta los ingresos en divisas del sector y tiene impacto sobre el recaudo del impuesto de pasilla y los aportes parafiscales al Fondo Nacional del Café. La cosecha del primer semestre, que arranca en mayo, podría moderar la caída si las condiciones climáticas lo permiten. El sector cafetero se enfrenta adicionalmente a la amenaza del fenómeno de El Niño previsto para el segundo semestre de 2026, que podría agravar los resultados del año. Los exportadores deben vigilar el comportamiento de la TRM dado el impacto directo sobre sus ingresos liquidados en pesos.
—
La crisis en el Estrecho de Ormuz empieza a golpear costos logísticos y de importación en Colombia, según alerta de Analdex.
El 38% del comercio marítimo global de petróleo crudo transita por el Estrecho de Ormuz, según la UNCTAD. Analdex advierte que la tensión en la zona eleva los fletes y los seguros de carga para importaciones colombianas que dependen de rutas marítimas del Indo-Pacífico. El encarecimiento de fletes tiene impacto directo sobre el valor en aduana de las mercancías importadas y, por ende, sobre la base gravable del arancel e IVA de importación administrados por la DIAN. Ecopetrol contrató un tercer buque por tiempo exclusivo (High Challenge, 320.000 barriles/viaje) para asegurar el transporte de combustibles ante la incertidumbre en las rutas.
Más allá del briefing, somos un equipo a tu disposición.
30 años de experiencia en auditoría, tributación y consultoría empresarial en Colombia. Cuéntanos qué necesitas.