El proceso de reorganización financiera de Canacol Energy en Canadá expone contratos de suministro de gas que involucran a distribuidores del Caribe y grandes consumidores industriales colombianos. El riesgo de cancelación unilateral alcanza US$380 millones y amenaza la continuidad operativa de las empresas dependientes del suministro.
Canacol Energy solicitó ante un tribunal canadiense la cancelación de contratos de gas suscritos con 12 empresas colombianas, en el marco de su proceso de reorganización financiera. Los contratos en riesgo suman US$380 millones e involucran a distribuidores del Caribe colombiano y a consumidores industriales que dependen del gas para su operación. La novedad respecto al reporte anterior es la divulgación exclusiva del número de contrapartes afectadas (12 empresas) y el monto específico en riesgo (US$380 millones), cifras que no habían sido reportadas. La situación plantea contingencias contractuales y tributarias para las empresas afectadas, que deberán evaluar provisiones contables y posibles reclamaciones. Asesores deben verificar cláusulas de fuerza mayor y tratamiento fiscal de perjuicios en contratos de suministro de largo plazo.
El Gobierno nacional inició un nuevo ciclo de transferencias monetarias condicionadas a partir del 2 de mayo de 2026, abarcando tanto Renta Ciudadana como el programa de Devolución del IVA. La medida impacta directamente a más de 774.000 hogares en situación de vulnerabilidad económica.
Desde el 2 de mayo de 2026 el Gobierno activó el nuevo ciclo de giros de Renta Ciudadana y Devolución del IVA, beneficiando a más de 774.000 hogares. La Devolución del IVA es un mecanismo de compensación a hogares de menores ingresos contemplado en la Ley 2010 de 2019 y reglamentado por decretos posteriores. El programa tiene implicaciones fiscales directas: los recursos se contabilizan como gasto social en el Presupuesto General de la Nación y afectan el cálculo del déficit primario. Para asesores tributarios, es relevante el tratamiento de estos ingresos en declaraciones de renta de beneficiarios que ejercen actividades económicas. El ciclo de pagos coincide con el debate en curso sobre la sostenibilidad fiscal y la necesidad de aprobar la Ley de Financiamiento.
El plazo para que afiliados se trasladen entre el Régimen de Ahorro Individual y Colpensiones vence el 16 de julio de 2026, con advertencias de expertos sobre pérdida de rendimientos cercana a $1 billón si los recursos del RAIS se destinan a pagar mesadas actuales. El Consejo de Estado ya limitó los traslados de $25 billones a $5 billones.
La ventana de traslado voluntario entre el RAIS y Colpensiones, habilitada por la Ley 2381 de 2024 (reforma pensional), se cierra el 16 de julio de 2026. Expertos advierten que redirigir los ahorros acumulados hacia el pago de pensiones actuales en Colpensiones implicaría una pérdida de rendimientos estimada en cerca de $1 billón. El Consejo de Estado ya suspendió parcialmente el Decreto 415, reduciendo el monto de traslados permitidos de $25 billones a $5 billones (reportado anteriormente), pero la incertidumbre jurídica persiste mientras la Corte Constitucional no se pronuncie definitivamente sobre la Ley 2381. Asesores deben asesorar a sus clientes sobre la conveniencia financiera del traslado antes del vencimiento, considerando edad, saldo acumulado y expectativa de pensión. El plazo del 16 de julio es la novedad concreta frente a coberturas previas.
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A partir del 2 de mayo de 2026 rigen los aranceles retaliatorios del 100% impuestos por Ecuador a mercancías originarias de Colombia, como respuesta a los aranceles colombianos de hasta 75% decretados en abril. Se exceptúan importaciones petroleras y de generación energética.
El Gobierno ecuatoriano activó el cobro de aranceles del 100% sobre importaciones colombianas a partir del 2 de mayo de 2026, en respuesta directa al Decreto colombiano que impuso tasas de hasta 75% a 191 productos ecuatorianos (reportado el 01/05/2026). Las excepciones incluyen importaciones petroleras y bienes de generación energética. El impacto es inmediato para exportadores colombianos de bienes manufacturados, alimentos procesados y materiales de construcción con destino a Ecuador. Asesores deben revisar las posiciones arancelarias de sus clientes exportadores para determinar si quedan dentro de las categorías gravadas, y evaluar contingencias en contratos de compraventa internacional con contrapartes ecuatorianas. La escalada arancelaria bilateral eleva el riesgo de litigios ante la OMC y la CAN.
La Secretaría Distrital de Hacienda de Bogotá amplió los canales y condiciones de pago del impuesto predial y del impuesto de vehículos para el período 2026, incluyendo billeteras digitales y el sistema SPAC que permite diferir el valor sin cobro de intereses.
La SHD Bogotá habilitó para 2026 el pago del impuesto predial unificado y el impuesto de vehículos automotores mediante billeteras digitales y el sistema SPAC (pago en cuotas sin intereses). Los plazos y número de cuotas varían según el tipo de tributo y el perfil del contribuyente; la declaración inicial debe presentarse dentro de las fechas establecidas por la entidad. Esta medida es independiente de la reforma tributaria distrital anunciada (ya reportada el 02/05/2026) y opera bajo el marco vigente de la tributación distrital bogotana. Para asesores con clientes personas naturales y jurídicas con bienes inmuebles o vehículos en Bogotá, es relevante verificar los nuevos canales habilitados y las fechas de vencimiento para evitar intereses de mora. La habilitación de billeteras digitales representa una novedad operativa en la recaudación distrital.
La probabilidad de que el Fenómeno de El Niño impacte a Colombia con mayor intensidad desde septiembre de 2026 alcanza el 90%, según analistas climáticos citados por medios especializados. El evento generaría presión alcista sobre los precios de alimentos, con implicaciones directas para el IPC.
Analistas estiman en 90% la probabilidad de que El Niño afecte a Colombia con sequías intensas a partir del segundo semestre de 2026, con mayor fuerza desde septiembre. El impacto más inmediato sería el alza en el precio de alimentos de alta demanda, que presionaría al alza la inflación en un contexto donde el IPC anual ya se ubica en 5,56% (marzo 2026). Para asesores tributarios y financieros, el escenario climático tiene implicaciones en la proyección de costos de producción agroindustrial, cálculo de anticipos de renta y revisión de márgenes en sectores agrícola y ganadero. La CREG y el Ministerio de Minas también monitorean el efecto sobre la generación hídrica y las tarifas de energía. El dato de probabilidad del 90% es nuevo respecto a coberturas anteriores.
Colombia pasó de importar el 3% de su gas a depender de importaciones para el 23% de su consumo, con proyecciones de ANIF que sitúan esa cifra en 39% para finales de 2026. La situación eleva los costos energéticos para empresas y presiona la inflación de servicios públicos.
Según ANIF, la dependencia de Colombia en importaciones de gas natural escaló del 3% histórico al 23% actual, con proyección de alcanzar el 39% en 2026 si no se desarrollan nuevos proyectos de exploración y producción. La entidad calificó el sistema energético como en coyuntura desfavorable. Para empresas con alto consumo de gas (industria, generación eléctrica, sector residencial), el alza en costos de suministro impacta directamente la base de costos deducibles en renta y la estructura de precios de transferencia en grupos empresariales. El proceso de reorganización de Canacol Energy agrava la incertidumbre de suministro. La CREG deberá actualizar la regulación tarifaria para reflejar los mayores costos de importación vía GNL.
El Consejo de Estado, Sección Cuarta, unificó jurisprudencia en el sentido de que el plazo para notificar requerimiento especial sobre declaraciones de IVA y retención en la fuente se extiende hasta dos años después de presentada la declaración de renta del mismo período gravable, equiparando los términos de firmeza de los tres tributos. El caso involucró a Fogel Andina S.A.S.
contra actos administrativos de la DIAN. La sentencia del 19 de mayo de 2016 (Exp. 21185, C.P. Jorge Octavio Ramírez Ramírez) fue citada como precedente consolidado. Para asesores, esta regla amplía el riesgo de fiscalización sobre IVA y retención más allá de los dos años ordinarios de firmeza del artículo 714 del ET, particularmente cuando existe proceso de determinación de renta en curso. Es norma de aplicación inmediata para contribuyentes con auditorías o requerimientos de la DIAN en trámite.
La Corte Constitucional revisó la constitucionalidad del artículo 19 de la Ley 2277 de 2022 (Reforma Tributaria Petro), que modificó el artículo 115 del Estatuto Tributario sobre deducción de impuestos pagados, publicado en el Diario Oficial n.º 52.247 del 13 de diciembre de 2022. El demandante alegó violación de los principios de equidad y justicia tributaria del artículo 363 de la Constitución.
La Corte analizó la relación entre la deducción de tributos y la determinación de la base gravable conforme al artículo 26 del ET. Esta sentencia es relevante para la planificación fiscal de contribuyentes del impuesto sobre la renta que deducen impuestos como el ICA, GMF y otros tributos en su declaración anual. Asesores deben verificar si la restricción a la deducción superó el examen de constitucionalidad o fue condicionada.
El Decreto 659 de 2024 armoniza el Decreto 1165 de 2019 (régimen aduanero) con las normas sancionatorias del Decreto Ley 920 de 2023, expedido tras la Sentencia C-441 de 2021 de la Corte Constitucional que exigió reserva de ley en materia aduanera. Establece que el requisito de patrimonio líquido para inscripción de operadores de comercio exterior no aplica a entidades de derecho público del numeral 8 del artículo 32.
Integra en un solo marco las reglas de decomiso, sanción y procedimiento para agentes de aduana y depósitos habilitados. Su vigencia es relevante para agentes aduaneros, importadores y exportadores que operen bajo control aduanero, especialmente en un contexto de escalada arancelaria bilateral con Ecuador.
Indicadores Macro
TRM (Tasa Representativa del Mercado)Mercado informal ~$3.637–$3.650 COP/USD (casas de cambio, 3 mayo)Sin variación oficial publicada (domingo; TRM oficial vigente: $3.637,51 del 02/05/2026)
El domingo 3 de mayo las casas de cambio colombianas operaron en niveles cercanos a la TRM oficial del viernes 2 de mayo ($3.637,51 COP/USD). El mercado cambiario informal refleja la tensión entre la incertidumbre fiscal doméstica (debate de Ley de Financiamiento) y la presión externa derivada de los aranceles retaliatorios de Ecuador vigentes desde el 2 de mayo. La TRM oficial para el día hábil siguiente será publicada por la SuperFinanciera al cierre de operaciones del lunes 4 de mayo. Asesores con clientes en operaciones de comercio exterior deben monitorear la volatilidad ante el escalamiento arancelario bilateral.
Sector Empresarial
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Almacenes Corona proyecta crecimiento de doble dígito en 2026, con inversiones de hasta $10.000 millones y apertura de nuevas tiendas en Colombia.
Paula Moreno, gerente de Almacenes Corona, confirmó en entrevista que la compañía destinará hasta $10.000 millones en inversión durante 2026, orientados a expansión de puntos de venta y fortalecimiento logístico. La estrategia apunta a un crecimiento de doble dígito en ventas, aprovechando la recuperación del consumo de materiales para el hogar y la construcción. Para efectos tributarios, la inversión en activos fijos productivos podría generar descuentos por inversión en activos reales productivos si aplica el mecanismo vigente del artículo 258-1 del ET, dependiendo de la naturaleza de los bienes adquiridos.
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Mercado de vehículos eléctricos en Colombia creció 304% en abril de 2026; Tesla Model Y lidera con 2.264 unidades y 8,5% de participación total.
En abril de 2026 se matricularon 5.192 vehículos eléctricos en Colombia, un crecimiento del 304% frente a abril de 2025. Tesla fue la marca más vendida por segundo mes consecutivo, con su Model Y registrando 2.264 unidades y una participación del 8,5% del total del mercado automotor mensual. El crecimiento del segmento eléctrico tiene implicaciones tributarias: los vehículos eléctricos gozan de exclusión de IVA (artículo 424 ET), arancel del 0% y beneficios en el impuesto de rodamiento en varios municipios, factores que los asesores deben considerar al estructurar la política de flota de sus clientes empresariales.
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Colombia ocupa posición destacada en productividad según el Anuario de Competitividad Mundial del IMD 2026, pero muestra rezago significativo en gobernanza.
El Instituto para el Desarrollo de la Gestión (IMD) asignó a Colombia una calificación general de B2 en su Anuario de Competitividad Mundial 2026, con fortalezas identificadas en productividad laboral y costos de producción, pero con debilidades en gobernanza institucional y ambiente regulatorio. El rezago en gobernanza incluye variables como seguridad jurídica, eficiencia del sistema judicial y estabilidad normativa, factores críticos para la atracción de inversión extranjera directa y la planificación tributaria de largo plazo. El resultado es relevante para asesores que estructuran inversiones extranjeras en Colombia bajo tratados de inversión.
Banca y FinTech
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Nequi revertió el cobro de comisiones por transacciones tras rechazo masivo de sus 19 millones de usuarios, reafirmando el modelo gratuito como estándar del segmento de billeteras digitales en Colombia.
Nequi (Bancolombia) anunció y luego revocó el cobro de comisiones sobre algunas transacciones digitales, ante la presión de su base de 19 millones de cuentas. Daviplata, su principal competidor, supera los 18 millones de usuarios con modelo igualmente gratuito. El episodio evidencia la dificultad de las plataformas fintech para monetizar su base masiva sin perder participación de mercado, y plantea interrogantes regulatorios sobre transparencia en la modificación de condiciones de servicio financiero digital, materia supervisada por la SuperFinanciera bajo la Circular Básica Jurídica.
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El ecosistema paytech colombiano agrupa 63 empresas (20% del total fintech), con alta fragmentación en pasarelas de pago que genera complejidad regulatoria para empresas multicanal.
Colombia Fintech estima 63 empresas paytech activas, con Nequi, Daviplata y Lulo Bank liderando descargas. En el segmento de pagos a comercios operan Bold, Wompi, PayU, Mercado Pago y ePayco, con tarifas y funcionalidades diferenciadas. La fragmentación del mercado implica que empresas que operan con múltiples pasarelas deben gestionar distintos regímenes de retención en la fuente a título de IVA (artículo 437-2 ET) y renta, así como obligaciones de reporte de información exógena a la DIAN por pagos electrónicos. La SuperFinanciera regula a los operadores autorizados bajo el esquema de sociedades especializadas en depósitos y pagos electrónicos (SEDPE).
Breves
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El ICA en Bogotá venció el 27 de febrero de 2026; contribuyentes con ingresos superiores a 43.498 UVT deben liquidar además la sobretasa bomberil.
La Secretaría Distrital de Hacienda fijó el 27 de febrero de 2026 como fecha límite para la declaración y pago del Impuesto de Industria y Comercio correspondiente al período gravable 2025 en Bogotá. Los contribuyentes con ingresos netos superiores a 43.498 UVT ($2.166.157.000 aproximadamente) deben incluir la sobretasa bomberil en su liquidación. Asesores con clientes en mora deben calcular intereses y la posible sanción por extemporaneidad conforme al artículo 641 del ET, aplicable por remisión al régimen distrital.
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Puente Francisco de Paula Santander (Cúcuta–Ureña) restringió su paso por fallas estructurales, afectando a más de 8.000 vehículos diarios en el corredor binacional Colombia–Venezuela.
Las autoridades restriccionaron el tránsito en el puente Francisco de Paula Santander, que conecta Cúcuta (Colombia) con Ureña (Venezuela) y moviliza más de 8.000 vehículos al día. La restricción afecta directamente el comercio formal e informal entre los dos países, con impacto en cadenas de suministro de empresas con operaciones en Norte de Santander. Para asesores con clientes exportadores e importadores que usan esta vía, es relevante revisar contingencias en contratos de transporte y seguros de carga, así como posibles efectos en el cumplimiento de plazos aduaneros.
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La CREG avanza en regulación para proyectos de energía geotérmica en Colombia, con las regiones andinas identificadas como de mayor potencial.
La Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) trabaja en un marco regulatorio para habilitar proyectos de generación geotérmica, fuente que aún no tiene regulación específica en Colombia. Las zonas andinas de mayor actividad volcánica (Nariño, Cauca, Caldas) concentran el mayor potencial técnico. Para asesores de empresas del sector energético, la futura regulación implicará nuevos esquemas de licencias, contratos de concesión y posibles beneficios tributarios para inversión en fuentes no convencionales de energía renovable (FNCER) bajo la Ley 1715 de 2014.
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